José Alberto Núñez González. Secretario de AECA
Inseguridad jurídica y corrupción
Guadalhorce Hoy nº 45. Sección El Zaguán de AECA. Distribuida en comercios, papelerías y hostlería. Marzo 2008.
1563 lecturas | Aeca.net | AECA | 07/03/2008
España presenta hoy, a mi juicio, un panorama jurídico tan farragoso y complejo, que de una parte hace estremecer a cualquier jurisperito, y de otra, causa la felicidad en los amigos del río revuelto.Son muy diversas y complejas las razones, pero podemos traer a colación varias, que resultan ilustrativas.
La necesidad de trasponer al Ordenamiento Jurídico Español las muy diversas normas que emanan del Parlamento Europeo, a las que tan ajenos somos en tantos casos. ¡Señores, de Europa no sólo viene dinero!.
La ideorrea legislativa grave que afecta a las Comunidades Autónomas en desarrollo de sus competencias constitucionales. Uno de los ejemplos más burdos es la especificación normativa de las características que diferencian a la oca vascongada de las del resto del país. ¿Las adivinan?. Dicen que Lope de Vega dijo con relación al gran volumen de sus obras que: "Más de ciento en horas veinticuatro pasaron de las musas al teatro".
El cambio permanente de leyes fundamentales para el desarrollo y estabilidad económica y social según quien gobierna. Ejemplo claro es la Ley de Arrendamientos Rústicos, que es cambiada sistemáticamente, o la Ley del Suelo emanada del Parlamento Nacional.
La clara tendencia a resolver los problemas puntuales de una sociedad compleja, mediante leyes especiales como son las urbanísticas, las que discriminan de forma positiva por razón de sexo, las de parejas de hecho o de matrimonio entre personas del mismo sexo.
La tendencia imparable a resolver problemas ampliando los delitos tipificados en el Código Penal, siendo ejemplos claros los nuevos delitos relacionados con la circulación vial o la normativa en vigor para el caso de malos tratos. ¿No sería más efectivo educar mejor en el seno de la familia y desde la cuna a los individuos, para trasformarlos en ciudadanos?.
La incertidumbre sobre la propia estructuración jurídica de la Nación. Ahí están los Estatutos Catalán y Andaluz y el desarrollo normativo que de los mismos se está haciendo sin esperar al Tribunal Constitucional en el primer caso, y sin recurso en el segundo.
En el ámbito administrativo se está consagrando la prevalencia de los discrecional sobre lo reglado. La diferencia, ciudadano de a pie, es que en el segundo caso cuando solicita algo de una administración, cumpliendo sin más los requisitos se lo tienen que conceder, en el primer caso hay "valoración" por parte del órgano administrativo...
Para no cansarles, les diré que como es sabido, la Reina Isabel I, luego conocida como "La Católica", impulsó un cuerpo de Leyes de Indias, fundamentalmente para adaptar el derecho de la metrópoli a la idiosincrasia americana. Cuando las leyes llegaban a América eran recibidas con el gozo que cabe esperar, y con una voluntad de cumplimiento encomiable que se resume en la frase siguiente: "La Ley se acata pero no se cumple". Hoy es práctica generalizada en la sociedad española y sus dirigentes. ¿Cuántas veces han visto saltarse a un vehículo un semáforo en rojo, o a su vecino presumir de que engaña a Hacienda?.
La cuestión tiene más transcendencia de lo que parece si nos atenemos al art. 6.1 del Código civil cuando dice: "La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento".
En conclusión, el fárrago y la discrecionalidad provocan arbitrariedad y ésta, engendra corrupción.